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Cruz Roja Panameña
24 de julio, 2001
Ley del Emblema
por: Manuel Rodriguez
El Estado Panameño aprobó la ley 32 del 4 de
julio de 2001, que dicta disposiciones para la protección
y el uso del emblema de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.
La ley tiene como propósito proteger los emblemas y
las denominaciones de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja,
así como determinar los supuestos que autoricen su
empleo, las personas o instituciones facultadas para ello
y los organismos encargados de regular su uso.
La nueva ley establece los usos protector
e indicativo del emblema, de conformidad a los Convenios de
Ginebra del 12 de agosto de 1949 y sus Protocolos Adicionales
de 1977, además de las regulaciones y sanciones incurridas
por faltas a las normas relativas al uso del emblema de la
Cruz Roja y de la Media Luna Roja, ejerciendo un estricto
control sobre las personas autorizadas a utilizarlos.
Esta ley a su vez, se ocupa del control
y sanciones en caso de usos abusivos del emblema. Impone la
obligación a las autoridades competentes de velar por
el estricto respeto del emblema de la Cruz Roja y de la Media
Luna Roja y de sus denominaciones, además de obligarles
a tomar las medidas necesarias para evitar abusos en el uso
del emblema. La ley establece sanciones que van desde cien
hasta mil balboas de multa, según la gravedad del caso.
La Cruz Roja Panameña, como componente
del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y en ocasión
de la celebración del aniversario número 52
de la firma de los Convenios de Ginebra, ha iniciado una campaña
de divulgación interna y externa sobre el uso correcto
del emblema. El período de divulgación es de
un año, a partir de la sanción de la ley. A
nivel interno, se planea reactivar el programa "Pinta
tu Sede", orientado a la corrección de los logotipos
en cada una de las filiales de la Cruz Roja en nuestro país,
de acuerdo con la ley 32.
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