Política de Salud
   
  Introducción:
La Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y cada una de las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja participan activamente en la prestación de servicios de asistencia sanitaria, en cumplimiento de su mandato humanitario, cuyo propósito es aliviar y mejorar la condición de las poblaciones más vulnerables del mundo, tanto en circunstancias normales como en casos de emergencia.

Ámbito de aplicación:
En esta política se reitera la firme determinación de la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y de cada una de las Sociedades Nacionales, de seguir prestando servicios de asistencia sanitaria, en particular a las poblaciones más vulnerables, teniendo en cuenta que:

De acuerdo con la definición de salud dada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y aceptada internacionalmente, "la salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades";

La salud es un derecho inalienable de todas las personas sin distinción de raza, credo, color, nacionalidad, sexo u origen;

La salud de las personas es un requisito fundamental e indispensable para el desarrollo nacional y personal;

Sin una buena salud, el individuo no puede aspirar a su plena realización como miembro productivo y responsable de la sociedad;

La pobreza, la desigualdad, la agravación constante de la injusticia social y la violación de los derechos humanos, son factores importantes que afectan negativamente al estado de salud. Por lo tanto,

Declaración:
La Federación Internacional y cada Sociedad Nacional deberán:

  1. Esmerarse por ser portavoces fuertes y privilegiados de la conciencia social en aras de la protección y la promoción de la salud de las poblaciones más vulnerables.

  2. En calidad de auxiliares de los poderes públicos, fomentar el establecimiento, el mantenimiento, el desarrollo y la mejora constante de un sistema nacional de sanidad capaz de atender las necesidades sanitarias de toda la población, en particular, de los sectores más vulnerables.

  3. Dentro de sus propios medios y capacidades, las Sociedades Nacionales han de contribuir a dicho sistema, sin intentar en modo alguno sustituir al Estado como responsable en la materia.

  4. En el contexto de la situación sanitaria nacional, determinar las esferas apropiadas en que la Cruz Roja y la Media Luna Roja podrían intervenir para atender las verdaderas necesidades de las personas más vulnerables y prestar los servicios de asistencia sanitaria pertinentes, en la medida de lo posible. La atención sanitaria así prestada será complementaria de la del Estado y otros colaboradores o entidades dedicadas a los servicios de salud y se desarrollará de tal modo que se asegure su continuidad y sostenibilidad.

  5. Al prestar asistencia sanitaria, conceder prioridad a los programas integrados de salud basados en la comunidad para, de ese modo, cerciorarse de que los beneficiarios obtengan el máximo provecho de tales servicios.

  6. Cerciorarse de que los programas de salud integrados basados en la comunidad incluyan y comprendan, en la medida de lo posible, los ocho componentes de la atención primaria de salud (APS), a fin de que puedan atenderse las necesidades sanitarias esenciales de las personas más vulnerables. Se promoverá en especial la concienciación de las poblaciones destinatarias acerca de sus responsabilidades primordiales en la conservación y la mejora de su propia salud, recurriendo a medios tales como un estilo de vida saludable y modificación de los hábitos.

  7. Asegurarse de que la asistencia sanitaria así prestada se ajuste y adapte permanentemente a las tendencias actuales y futuras en la medida en que afectan a la salud de las poblaciones más vulnerables. En particular, se dedicará la atención necesaria a la promoción de la salud y a la prevención, control y, siempre que sea posible, al tratamiento de las enfermedades infecciosas, incluidas las emergentes y reemergentes.

  8. Velar por que tal asistencia sanitaria se dirija, prioritariamente, a las necesidades específicas de las personas desatendidas y marginadas, sean cuales fueren las causas originarias de su marginación. También ha de asegurarse que dichos servicios se adapten y sean compatibles con las características especiales de sus propios países y comunidades.

  9. Cerciorarse de que, en la medida en que lo permitan los recursos humanos y financieros y en caso de hacerse sentir la necesidad entre las poblaciones vulnerables, la salud reproductiva sea parte integrante de los servicios de atención de salud que se proporcionen.

  10. Asegurarse de que los componentes de asistencia sanitaria se incorporen, como parte integrante, en todos los demás programas y actividades humanitarias.

  11. Verificar que cuando se presten servicios sanitarios en casos de emergencia, se tenga siempre en cuenta la viabilidad de tales servicios a largo plazo con carácter sostenible, garantizando que los servicios suministrados en cualquier emergencia prolongada acaben conformando un sistema sostenible de atención de salud basada en la comunidad.

  12. Esforzarse por garantizar la disponibilidad de recursos financieros, materiales y humanos de alta calidad para la prestación de los servicios de atención de salud descritos anteriormente.


Responsabilidades:
Incumbe a las Sociedades Nacionales y a la Federación Internacional la responsabilidad de velar por que todos los programas de salud se ajusten a los protocolos de prevención, tratamiento y lucha contra las enfermedades oficialmente promulgados por la OMS y estén de conformidad con esta política; por que todos los miembros del personal y los voluntarios que participan en tales programas estén al corriente de los fundamentos y los pormenores de la misma; y, en la medida de lo posible, por que todos los asociados de los sectores gubernamental, intergubernamental y no gubernamental tengan la información necesaria al respecto.

Las Sociedades Nacionales tienen la responsabilidad de velar por que sus prácticas se realicen de conformidad con las normas vigentes establecidas por la OMS y de alentar a sus respectivos Gobiernos a que secunden las políticas adoptadas por dicha Organización.

Las Sociedades Nacionales tienen la responsabilidad de determinar su cometido en un programa nacional general de salud, con arreglo a esta Política de Salud y a la estrategia de la Federación para la salud comunitaria.

Las Sociedades Nacionales y la Federación Internacional tienen la responsabilidad de elaborar, implantar y aplicar un sistema para la supervisión y verificación del cumplimiento de esta Política.

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Referencia:
La presente política fue aprobada por la Asamblea General de la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja en su duodécimo período de sesiones, celebrado en octubre de 1999.

   
 
IFRC Caribbean