Introducción:
La Federación Internacional de Sociedades de la Cruz
Roja y de la Media Luna Roja y cada una de las Sociedades Nacionales
de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja participan activamente
en la prestación de servicios de asistencia sanitaria,
en cumplimiento de su mandato humanitario, cuyo propósito
es aliviar y mejorar la condición de las poblaciones
más vulnerables del mundo, tanto en circunstancias normales
como en casos de emergencia.
Ámbito de aplicación:
En esta política se reitera la firme determinación
de la Federación Internacional de Sociedades de la
Cruz Roja y de la Media Luna Roja y de cada una de las Sociedades
Nacionales, de seguir prestando servicios de asistencia sanitaria,
en particular a las poblaciones más vulnerables, teniendo
en cuenta que:
De acuerdo con la definición de salud dada por la
Organización Mundial de la Salud (OMS) y aceptada internacionalmente,
"la salud es un estado de completo bienestar físico,
mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones
o enfermedades";
La salud es un derecho inalienable de todas las personas
sin distinción de raza, credo, color, nacionalidad,
sexo u origen;
La salud de las personas es un requisito fundamental e indispensable
para el desarrollo nacional y personal;
Sin una buena salud, el individuo no puede aspirar a su plena
realización como miembro productivo y responsable de
la sociedad;
La pobreza, la desigualdad, la agravación constante
de la injusticia social y la violación de los derechos
humanos, son factores importantes que afectan negativamente
al estado de salud. Por lo tanto,
Declaración:
La Federación Internacional y cada Sociedad Nacional
deberán:
- Esmerarse por ser portavoces fuertes y privilegiados de
la conciencia social en aras de la protección y la
promoción de la salud de las poblaciones más
vulnerables.
- En calidad de auxiliares de los poderes públicos,
fomentar el establecimiento, el mantenimiento, el desarrollo
y la mejora constante de un sistema nacional de sanidad
capaz de atender las necesidades sanitarias de toda la población,
en particular, de los sectores más vulnerables.
- Dentro de sus propios medios y capacidades, las Sociedades
Nacionales han de contribuir a dicho sistema, sin intentar
en modo alguno sustituir al Estado como responsable en la
materia.
- En el contexto de la situación sanitaria nacional,
determinar las esferas apropiadas en que la Cruz Roja y
la Media Luna Roja podrían intervenir para atender
las verdaderas necesidades de las personas más vulnerables
y prestar los servicios de asistencia sanitaria pertinentes,
en la medida de lo posible. La atención sanitaria
así prestada será complementaria de la del
Estado y otros colaboradores o entidades dedicadas a los
servicios de salud y se desarrollará de tal modo
que se asegure su continuidad y sostenibilidad.
- Al prestar asistencia sanitaria, conceder prioridad a
los programas integrados de salud basados en la comunidad
para, de ese modo, cerciorarse de que los beneficiarios
obtengan el máximo provecho de tales servicios.
- Cerciorarse de que los programas de salud integrados basados
en la comunidad incluyan y comprendan, en la medida de lo
posible, los ocho componentes de la atención primaria
de salud (APS), a fin de que puedan atenderse las necesidades
sanitarias esenciales de las personas más vulnerables.
Se promoverá en especial la concienciación
de las poblaciones destinatarias acerca de sus responsabilidades
primordiales en la conservación y la mejora de su
propia salud, recurriendo a medios tales como un estilo
de vida saludable y modificación de los hábitos.
- Asegurarse de que la asistencia sanitaria así prestada
se ajuste y adapte permanentemente a las tendencias actuales
y futuras en la medida en que afectan a la salud de las
poblaciones más vulnerables. En particular, se dedicará
la atención necesaria a la promoción de la
salud y a la prevención, control y, siempre que sea
posible, al tratamiento de las enfermedades infecciosas,
incluidas las emergentes y reemergentes.
- Velar por que tal asistencia sanitaria se dirija, prioritariamente,
a las necesidades específicas de las personas desatendidas
y marginadas, sean cuales fueren las causas originarias
de su marginación. También ha de asegurarse
que dichos servicios se adapten y sean compatibles con las
características especiales de sus propios países
y comunidades.
- Cerciorarse de que, en la medida en que lo permitan los
recursos humanos y financieros y en caso de hacerse sentir
la necesidad entre las poblaciones vulnerables, la salud
reproductiva sea parte integrante de los servicios de atención
de salud que se proporcionen.
- Asegurarse de que los componentes de asistencia sanitaria
se incorporen, como parte integrante, en todos los demás
programas y actividades humanitarias.
- Verificar que cuando se presten servicios sanitarios
en casos de emergencia, se tenga siempre en cuenta la viabilidad
de tales servicios a largo plazo con carácter sostenible,
garantizando que los servicios suministrados en cualquier
emergencia prolongada acaben conformando un sistema sostenible
de atención de salud basada en la comunidad.
- Esforzarse por garantizar la disponibilidad de recursos
financieros, materiales y humanos de alta calidad para la
prestación de los servicios de atención de
salud descritos anteriormente.
Responsabilidades:
Incumbe a las Sociedades Nacionales y a la Federación
Internacional la responsabilidad de velar por que todos los
programas de salud se ajusten a los protocolos de prevención,
tratamiento y lucha contra las enfermedades oficialmente promulgados
por la OMS y estén de conformidad con esta política;
por que todos los miembros del personal y los voluntarios
que participan en tales programas estén al corriente
de los fundamentos y los pormenores de la misma; y, en la
medida de lo posible, por que todos los asociados de los sectores
gubernamental, intergubernamental y no gubernamental tengan
la información necesaria al respecto.
Las Sociedades Nacionales tienen la responsabilidad de velar
por que sus prácticas se realicen de conformidad con
las normas vigentes establecidas por la OMS y de alentar a
sus respectivos Gobiernos a que secunden las políticas
adoptadas por dicha Organización.
Las Sociedades Nacionales tienen la responsabilidad de determinar
su cometido en un programa nacional general de salud, con
arreglo a esta Política de Salud y a la estrategia
de la Federación para la salud comunitaria.
Las Sociedades Nacionales y la Federación Internacional
tienen la responsabilidad de elaborar, implantar y aplicar
un sistema para la supervisión y verificación
del cumplimiento de esta Política.
--------------------------------------------------------------------------------
Referencia:
La presente política fue aprobada por la Asamblea General
de la Federación Internacional de Sociedades de la
Cruz Roja y de la Media Luna Roja en su duodécimo período
de sesiones, celebrado en octubre de 1999.
Viene a reemplazar a todas las políticas
de salud formuladas anteriormente, aunque no a sus distintos
componentes, siempre que sean compatibles con ella.
Decision 19 - Duodécimo periodo
de sesiones de la Asamblea General de 1999
|